Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1346/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.4.
II.4. Mediante memorial presentado el 6 de enero de 2015, ante el Juez Registrador de Derechos Reales de El Alto, la accionante Flora Vino Gallego, solicito la inscripción definitiva de adjudicación judicial bajo el principio de tracto sucesivo del bien inmueble que le fue adjudicado judicialmente como venta perfecta descrita en la Escritura Pública 468/2012 de 20 de julio y la Escritura Pública de Aclaración y Complementación 125/2013 de 10 de abril, por ante la Notaria de Fe Pública Sucy Ruth Jiménez Moscoso (fs. 23 a 24).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo