SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1380/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
concedió
La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 241/2015 de 11 de agosto, cursante de fs. 533 vta. a 536, concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 10/15 de 7 de mayo de 2015 y su complementario de 18 del mes y año citados, disponiendo que el Tribunal demandado dicte nueva Resolución en la que considere los aspectos señalados por ese Tribunal y corrija las omisiones establecidas, con el fundamento que la Sentencia del Juez de instancia como el Auto de Vista que consideró la apelación, en ningún momento hicieron referencia a la confesión provocada como acto probatorio producido dentro del proceso, por lo que, debe ser el Tribunal de apelación que corrija los defectos en los que hubiere incurrido el Juez de instancia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2. A
- Fragmento 22
- 1° REVOCAR en parte