SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1423/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1423/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

III.3.  Mecanismos de impugnación específicos en materia tributaria

La SCP 0158/2015-S1 de 26 de febrero, al respecto señalo lo siguiente: “El Código Tributario Boliviano, compila una serie de normas de aplicación específica por las características de los actos administrativos tributarios; así, se tiene que en sus arts. 131 concordante con el 143, se establece, contra qué actos podrá interponerse el recurso de alzada; a saber:

Ahora bien, establecidos los actos definitivos contra los cuales opera el recurso de alzada, es preciso establecer que, dicho recurso deberá interponerse dentro del plazo perentorio de veinte (20) días improrrogables, computables a partir de la notificación con el acto a ser impugnado; previsión normativa complementada por el art. 4 de la Ley 3092, que establece que el recurso de alzada ante la Superintendencia Tributaria será admisible también contra: