DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015
Fecha: 25-Feb-2015
11.
11. Aprobar mediante ley municipal dentro de los primeros (15) quince días hábiles de su presentación, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados por la Alcaldesa ó el Alcalde Municipal en base al Plan de Desarrollo Económico Social Municipal utilizando la Planificación Participativa Municipal. Cuando el Concejo Municipal no se pronunciare en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados;
11. Aprobar mediante ordenanza municipal dentro de los primeros (15) quince días hábiles de su presentación, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados por la Alcaldesa ó el Alcalde Municipal en base al Plan de Desarrollo Económico Social Municipal utilizando la Planificación Participativa Municipal. Cuando el Concejo Municipal no se pronunciare en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados;
11. Aprobar mediante ley municipal dentro de los primeros (15) quince días hábiles de su presentación, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados por la Alcaldesa ó el Alcalde Municipal en base al Plan de Desarrollo Económico Social Municipal utilizando la Planificación Participativa Municipal. Cuando el Concejo Municipal no se pronunciare en el plazo señalado, el Programa Operativo Anual y el Presupuesto Municipal presentados se darán por aprobados;
11. Todas las políticas para este sector deben elaborarse con participación de las personas con discapacidad y la de sus familias en el plano individual y, de las organizaciones de personas con discapacidad a nivel de planificación, ejecución y evaluación en coordinación con otros niveles de Estado.
- I.1. Contenido de la consulta
- “Artículo 9.- (Símbolos del Municipio)
- “Artículo 14.- (Derechos políticos de las ciudadanas y ciudadanos del Municipio)
- “Artículo 18.- (Estructura organizativa e identificación de autoridades)
- “Artículo 23.- (Composición del Concejo Municipal)
- 11.
- 25.
- “Artículo 37.- (Alcaldesa o Alcalde Municipal)
- 31.
- “Artículo 51.- (Ausencia Temporal de la Alcaldesa o Alcalde Municipal)
- “Artículo 57 (Prohibiciones)
- “Artículo 69.- (Ejercicio del Control Social Municipal)
- Artículo 79.- (Competencias Exclusivas)
- “Artículo 80.- (Vivienda)
- “Artículo 92.- (Competencias concurrentes con el nivel central)
- Patentes.-
- “Artículo 109.- (Participación de las regalías departamentales)
- “Artículo 134.- (Distritos Municipales)
- V.
- VII.
- “Artículo 137.- (Procedimiento Legislativo Municipal)
- “Artículo 154.- (Régimen de las personas con discapacidad)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “Artículo 4.- (Ubicación de su jurisdicción territorial)
- Control previo de constitucionalidad
- “Artículo 6.- (La Carta Orgánica Municipal)
- Fragmento 29
- “Artículo 16.- (Inviolabilidad de los derechos y libertades fundamentales) I.
- Fragmento 31
- “Artículo 21.- (Procedimiento para la elección de autoridades)
- 7.
- 8.
- 16.
- 19.
- 9.
- 14.
- 26.
- 27.
- 30.
- compatibles
- “Artículo 44.- (Designación y Requisitos de la Secretaria o Secretario General)
- incompatibilidad
- incompatible
- “Artículo 51.- (Autorización para la Ausencia Temporal de la Alcaldesa o Alcalde Municipal)
- “Artículo 55.- (Procedimiento)
- “Artículo 75.- (Defensor Municipal)
- 3.
- 1.
- 5.
- “Artículo 80.- (Hábitat y vivienda)
- 4.
- “Artículo 102.- (Ingresos tributarios y no tributarios)
- “Artículo 104.- (Creación y administración de impuestos de carácter nacional y departamental)
- “Artículo 108.- (Transferencias y fondos)
- “Artículo 117.- (Auditoría Interna)
- “Artículo 129.- (Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial)
- VI.
- VIII.
- I.
- IV.
- 10.
- 6.
- 13.
- 15.
- 21.