DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015

Fecha: 25-Feb-2015

“Artículo 69.- (Ejercicio del Control Social Municipal)

“Artículo 69.- (Ejercicio del Control Social Municipal) La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del gobierno municipal a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales, también ejercerá control social a la calidad de los servicios públicos, mediante mecanismos establecidos por ley municipal y los que desarrolle el gobierno municipal”.

“Artículo 69.- (Ejercicio del Control Social Municipal) I. La sociedad civil organizada ejercerá el control social  a la gestión pública en todos los niveles del gobierno municipal a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas  que administren recursos fiscales, también ejercerá control socia a la calidad de los servicios públicos, mediante mecanismos establecidos por ley municipal y los que desarrolle el gobierno municipal.

“Artículo 69.- (Ejercicio del Control Social Municipal) La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del gobierno municipal a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales, también ejercerá control social a la calidad de los servicios públicos, mediante mecanismos establecidos por ley municipal y los que desarrolle el gobierno municipal”.