DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0040/2015
Fecha: 25-Feb-2015
I.1. Contenido de la consulta
Por memorial presentado el 18 de diciembre de 2014, cursante de fs. 626 a 627 vta., Paulino Guerra Padilla, Presidente del Concejo Municipal de Padilla, provincia Tomina del departamento de Chuquisaca, remitió al Tribunal Constitucional Plurinacional, el proyecto de su Carta Orgánica, conteniendo las modificaciones y adecuaciones concernientes a disposiciones normativas declaradas incompatibles por la DCP 0073/2014 de 13 de noviembre, en base a los fundamentos desarrollados en la misma; solicitando se declare la “constitucionalidad” (sic) de todo el proyecto de Carta Orgánica, acompañando para cuyo fin, fotocopia legalizada del acta de sesión extraordinaria de 13 de diciembre de 2014, realizada por su Órgano Deliberativo, convocada para el tratamiento y aprobación de las adecuaciones normativas del referido proyecto, que acredita la asistencia y el porcentaje de aprobación obtenido en la modificación de cada artículo observado.
- I.1. Contenido de la consulta
- “Artículo 9.- (Símbolos del Municipio)
- “Artículo 14.- (Derechos políticos de las ciudadanas y ciudadanos del Municipio)
- “Artículo 18.- (Estructura organizativa e identificación de autoridades)
- “Artículo 23.- (Composición del Concejo Municipal)
- 11.
- 25.
- “Artículo 37.- (Alcaldesa o Alcalde Municipal)
- 31.
- “Artículo 51.- (Ausencia Temporal de la Alcaldesa o Alcalde Municipal)
- “Artículo 57 (Prohibiciones)
- “Artículo 69.- (Ejercicio del Control Social Municipal)
- Artículo 79.- (Competencias Exclusivas)
- “Artículo 80.- (Vivienda)
- “Artículo 92.- (Competencias concurrentes con el nivel central)
- Patentes.-
- “Artículo 109.- (Participación de las regalías departamentales)
- “Artículo 134.- (Distritos Municipales)
- V.
- VII.
- “Artículo 137.- (Procedimiento Legislativo Municipal)
- “Artículo 154.- (Régimen de las personas con discapacidad)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “Artículo 4.- (Ubicación de su jurisdicción territorial)
- Control previo de constitucionalidad
- “Artículo 6.- (La Carta Orgánica Municipal)
- Fragmento 29
- “Artículo 16.- (Inviolabilidad de los derechos y libertades fundamentales) I.
- Fragmento 31
- “Artículo 21.- (Procedimiento para la elección de autoridades)
- 7.
- 8.
- 16.
- 19.
- 9.
- 14.
- 26.
- 27.
- 30.
- compatibles
- “Artículo 44.- (Designación y Requisitos de la Secretaria o Secretario General)
- incompatibilidad
- incompatible
- “Artículo 51.- (Autorización para la Ausencia Temporal de la Alcaldesa o Alcalde Municipal)
- “Artículo 55.- (Procedimiento)
- “Artículo 75.- (Defensor Municipal)
- 3.
- 1.
- 5.
- “Artículo 80.- (Hábitat y vivienda)
- 4.
- “Artículo 102.- (Ingresos tributarios y no tributarios)
- “Artículo 104.- (Creación y administración de impuestos de carácter nacional y departamental)
- “Artículo 108.- (Transferencias y fondos)
- “Artículo 117.- (Auditoría Interna)
- “Artículo 129.- (Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial)
- VI.
- VIII.
- I.
- IV.
- 10.
- 6.
- 13.
- 15.
- 21.