Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
4.
4. Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Atribuciones de los jueces de instrucción en lo penal, para dejar sin efecto indebidas o ilegales detenciones efectuadas por fiscales o policías, a fin de dar cumplimiento a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 2.
- 4.
- 5.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR