SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0053/2015-S1
Fecha: 06-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, denuncian la vulneración de sus derechos a la preservación de la integridad física, a la “seguridad jurídica”, a la presunción de inocencia, a la defensa y a la libertad; alegando que a pesar de no haber participado en los hechos violentos acaecidos en la localidad de Arcopongo, fueron detenidos por más de siete días, sin saber cuál su situación jurídica; siendo arrestados por un grupo de personas enardecidas y luego por los Fiscales demandados, quienes ordenaron su citación como testigos, hecho que no sucedió, dado que estuvieron detenidos; para luego ser notificados con su aprehensión de forma irregular, sin que conozcan hasta el día de la interposición de la presente acción; cual la autoridad encargada del control jurisdiccional; por lo que, se encuentran indebidamente privados de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Atribuciones de los jueces de instrucción en lo penal, para dejar sin efecto indebidas o ilegales detenciones efectuadas por fiscales o policías, a fin de dar cumplimiento a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 2.
- 4.
- 5.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR