Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2015-S3
Fecha: 02-Feb-2015
II.1.
II.1. Sonia Miriam Barrios Pastén -ahora accionante-, acreditó los siguientes aspectos: i) Titularidad del derecho propietario sobre el lote 8 de terreno de 600,00 m2, ubicado en la ex hacienda Mallasa (Sector Aranjuez), de Mecapaca, provincia Murillo del Departamento de La Paz, inscrito en DD.RR. bajo la matrícula computarizada con Folio Real 2.01.2.01.0014547 (fs. 2 BIS); y, ii) Pago de impuesto a la propiedad de la gestión 2012 (fs. 2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- Acuerdo Jurisdiccional 018/2014 de 25 de noviembre
- Acuerdo Administrativo TCP-AL-SP-065/2014 de 5 de diciembre
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- intervenir
- REVOCAR