SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

II.6.

II.6.    Por nota de 3 de febrero de 2014, el accionante solicitó que el demandado le aclare su situación, pues pese a continuar trabajando en el mes de enero, cursando informes y remitiendo correspondencia sobre sus actividades en las instalaciones del campamento ubicado en la comunidad San Jacinto, aún no cuenta con un contrato firmado, pues si bien se cumple con la continuidad laboral; empero, no así con la inamovilidad de la que goza, pues se le bajo el rango jerárquico, lo que constituiría un despido indirecto o injustificado, pues se le cambio de superintendente de obra con un nivel salarial de 6, al cargo de Ingeniero Residente con un nivel salarial de 8. Asimismo; refiere, que su condición de progenitor le ampara con la estabilidad laboral, debiendo mantenerse su nivel salarial e inamovilidad laboral, haciendo notar que las cartas enviadas en los meses de diciembre de 2013 y enero de 2014, aún no contaban con respuesta (fs. 28 a 29).