SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015-S2

Fecha: 03-Feb-2015

II.7.

II.7.    A través de la carta de 6 de febrero de 2014, el accionante hace conocer al demandado, que la Residencia Entre Ríos, no contaba con las condiciones necesarias y adecuadas para desarrollar las actividades que le encomendaron, por las malas condiciones de la maquinaria, la inexistencia de alimentación y personal de cocina, el lugar es insalubre y peligroso, no existen ambientes adecuados ni servicios sanitarios y se carece del plan de seguridad e higiene laboral, motivo por el cual indica que no permanecerá en esa residencia hasta tanto no mejoren las condiciones (fs. 30 a 31).