Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015-S2
Fecha: 05-Feb-2015
II.3.
II.3. Producto de las recusaciones citadas ut supra, las Juezas Séptima y Décima Tercera de Instrucción en lo Penal, se pronunciaron mediante las Resoluciones de rechazo 33/2014 de 31 de enero, 128/2014 de 29 de abril, 63/2014 de 17 y 65/2014 de 23, ambos de junio (fs. 27 y vta.; 31 y vta.; 39 y vta.; y, 47 y vta.). En ese orden, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través de la Resolución 55/2014 de 19 de febrero, rechazó el incidente formulado por la querellante (fs. 28 a 29).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Improcedencia de la acción de libertad para hacer efectiva otra resolución de la misma naturaleza
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR en todo