Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0091/2015-S1
Fecha: 13-Feb-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 06/2014 de 27 de junio, cursante de fs. 257 a 269, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sergio Alberto Donoso Trigo, en representación legal de la Asociación Accidental “ECOTAR y Asociados” contra Rómulo Calle Mamani y Rita Susana Nava Durán, Magistrados de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia; Adolfo Nilo Velasco Albornoz y Adolfo Irahola Galarza, Vocales de la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija y Jesús Altamirano Cruz, Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Intervención del tercero interesado
- 1)
- i)
- Fragmento 9
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Autolimitación en la justicia constitucional: la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
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