Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
II.4.
II.4. Por Resolución de 30 de enero de 2014, emitida por el Tribunal de Honor de la Federación Sindical de Choferes de Chuquisaca, cuya parte resolutiva deniega la solicitud de suspensión a Victor Juan Rocabado Martínez mientras no se lo procese debidamente y conforme a las normas estatutarias y al Reglamento del Tribunal de Honor del Sindicato Interdepartamental de Buses “Capital”, el ahora accionante podrá seguir gozando de sus derechos sindicales y laborales (fs. 17 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo el recurso de amparo constitucional la vía idónea para ese fin, habida cuenta que se activa solamente ante la vulneración clara y efectiva de un derecho fundamenta
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR