SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0102/2015-S3
Fecha: 19-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que se lesionaron sus derechos al trabajo, al debido proceso, a la legítima defensa y el principio a la seguridad jurídica, en razón a que siendo miembro del Sindicato de Transporte Trans “Capital”, en sesión extraordinaria de 3 de diciembre de 2013, se determinó la suspensión de sus actividades por una supuesta desavenencia que tuvo con Isacc Francisco Paco Yucra, en el mes de noviembre de ese año; ante tal decisión, pidió en reiteradas oportunidades que se respeten sus derechos laborales y sindicales, en tanto no sea sometido a un proceso conforme a su normativa interna, logrando obtener una Resolución emitida por el Tribunal de Honor de la Federación Sindical de Choferes de Chuquisaca, que dispuso su reincorporación; empero, los demandados se niegan a cumplirla.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo el recurso de amparo constitucional la vía idónea para ese fin, habida cuenta que se activa solamente ante la vulneración clara y efectiva de un derecho fundamenta
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR