SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2015-S2

Fecha: 20-Feb-2015

II.6.

II.6.  Mediante Auto de 2 de mayo de 2014, las autoridades demandadas declararon “no haber lugar” a la reposición impetrada, arguyendo que: “Si bien el art. 50-VII de la Ley Nº 1715, señala que la declaración de nulidad absoluta y la convalidación de títulos ejecutoriales será de competencia del Tribunal Agrario Nacional, la misma, está referida a los efectos que se derivan de las sentencias emitidas por éste tribunal en las acciones  de nulidad y anulabilidad de títulos ejecutoriales, por lo que la `convalidación´ de un título ejecutorial no es una acción propiamente dicha al no estar contemplada como competencia específica de las Salas del Tribunal Agroambiental (…), y lo previsto por el art. 50 de la Ley Nº 1715, cuyo nomen juris está referido a las Nulidades, contemplando las causales de nulidad de títulos ejecutoriales, y los efectos y consecuencias legales, que produce la declaratoria de nulidad” (sic). (fs. 146 a 147)