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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2015-S2

    Fecha: 25-Feb-2015

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.
    • sea necesaria su presencia y existan suficientes indicios de que es autor o partícipe de un delito de acción pública sancionado con pena privativa de libertad, cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años y de que pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar y obstaculizar la averiguación de la verdad,
    • III.3. Sobre los requisitos formales y materiales de la aprehensión
    • determinando si la aprehensión se enmarcó dentro de los límites de la legalidad o si al contrario corresponde declarar su ilegalidad
    • el juez anulará la actuación realizada con violación a las normas constitucionales y legales,
    • si se verifica la ilegalidad de la aprehensión, conllevará la aplicación de responsabilidades para quien corresponda
    • III.4.
    • III.4.1. Sobre el cumplimiento de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
    • III.4.2. Respecto a las irregularidades denunciadas en la aprehensión de los accionantes
    • 1)
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