SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2015-S3
Fecha: 20-Feb-2015
concedió
La Jueza Quinta de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 044/2014 de 11 de julio, cursante de fs. 30 a 31 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada complemente en el día la Resolución en la que se consignó la apelación, se proceda a las notificaciones y remita el legajo de apelación máximo hasta el día lunes 14 de julio de 2014, bajo responsabilidad, asimismo ordena que se complemente el acta de audiencia donde se hizo constar el planteamiento de la apelación como se tiene del memorial de 10 de julio de 2014, sea sin responsabilidad por ser excusable debido a la carga procesal por la que atraviesan los jueces de turno; por otro lado denegó la tutela en lo que respecta a la codemandada Irma López Chumacero, por ausencia de legitimación pasiva, con los siguientes fundamentos:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- i)
- iii)
- iv)
- v)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. La apelación incidental y el plazo para su remisión ante el Tribunal de alzada
- III.3.
- CONFIRMAR