SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

denegó

Los Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 148 de 12 de marzo de 2014, cursante de fs. 170 vta. a 172, denegó la tutela solicitada; fallo pronunciado en base a los siguientes fundamentos: 1) La vulneración del principio a la seguridad jurídica, no es susceptible de protección mediante la acción de amparo constitucional; 2) El art. 53 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), establece sobre la mayoría absoluta de votos, concordante con la SCP “0554/13”; es decir, ante la presencia de votos iguales, debe aplicarse los arts. 7, 221 y 222 del CPP, en cumplimiento del principio de favorabilidad;          3) El accionante, no explicó de qué modo el ahora demandado, vulneró sus derechos fundamentales o garantías constitucionales; 4) Cuando existe duda por el número de integrantes de un tribunal de justicia, debe aplicarse el criterio más favorable al imputado; no siendo posible recurrir a la convocatoria de Vocal dirimidor; y, 5) No se identificó con precisión el derecho vulnerado, reclamándose solo principios ligados al debido proceso.