SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

III.1.     Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional

              La garantía de la acción de amparo constitucional, es un proceso sumarísimo de la jurisdicción constitucional, consagrada en el art. 128 de la CPE, como una acción de defensa contra actos u omisiones ilegales indebidos tanto de servidores públicos como de personas particulares, sean individuales o colectivas, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos reconocidos por la Norma Suprema y la ley; asimismo, el art. 51 del Código Procesal Constitucional (CPCo), prevé que esta acción tutelar: “…tiene el objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir”.

              Por su naturaleza, esta acción al ser una garantía constitucional, no es parte de la normativa infraconstitucional; por lo cual, no puede ser aplicada como un recurso o impugnación de orden procesal ordinario de protección de derechos; se caracteriza por ser subsidiaria, activándose únicamente, agotados los mecanismos inmediatos de protección de derechos a cargo de las jurisdicciones ordinaria, indígena originaria campesina y agroambiental; y, en caso de que las mismas resultaran ser ineficaces e inoportunas.

              Es pertinente referirse a la doctrina respecto a la jurisdicción constitucional; en ese sentido, el derecho procesal constitucional fue estudiado por diferentes autores, como por ejemplo, Héctor Fix Zamudio, quien lo sistematizó como una disciplina jurídica, a través de su tesis de licenciatura en 1955, denominada: "La garantía jurisdiccional de la Constitución mexicana, ensayo de una estructuración procesal del amparo"; ahora conocida como justicia constitucional; al respecto, en  Bolivia el Tribunal Constitucional Plurinacional a la cabeza de sus Magistrados, tiene la finalidad de velar por la supremacía de la Ley Fundamental, haciendo cumplir la vigencia de los derechos fundamentales y las garantías constitucionales.