SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

1)

         El abogado de la parte accionante, ratificó los argumentos de su demanda de acción de amparo constitucional y ampliando los mismos refirió: 1) En el recurso de casación lo que se denuncia es la interpretación y valoración correcta del contrato de consignación al que no dio lugar el Tribunal Supremo de Justicia; 2) El contenido del “inc. a) del Considerando II” (sic) del Auto Supremo 219, es contrario a lo que establece el art. 53 del CPC; 3) Conforme los Autos Supremos 327 de 6 de noviembre de 2012 y 521 de 14 de diciembre de 2012, se invocó la defectuosa y errónea valoración de la prueba, situación que no fue atendida; y, 4) Se tiene la mala aplicación de la ley; pues se basaron en normas que no determinan la responsabilidad del consignatario.