SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0170/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

III.4.  Análisis del caso concreto

  Conforme se precisó en el párrafo introductorio de los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el representante considera lesionado los derechos de los accionantes alegando que, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato seguido contra Industrias Venado S.A. se pronunció Sentencia de 29 de enero de 2004, fallo que en apelación, mediante Auto de Vista de 9 de junio de 2007 declaró ilegal  el Auto de 24 de mayo de 2001 y atendiendo los recursos de apelación confirmó la Sentencia apelada.

Señala que, contra el citado Auto de Vista, ambas partes interpusieron recurso de casación en el fondo, el suyo efectuando observaciones a la errónea aplicación del art. 581.II del CC, error de derecho y hecho en la apreciación de las pruebas, en consecuencia se pronunció el Auto Supremo 125 casando parcialmente el Auto de Vista recurrido, sin embargo, el citado Auto Supremo fue dejado sin efecto mediante Auto Constitucional 29/2013 de 30 de enero.