SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2015-S3

Fecha: 20-Feb-2015

22 de julio

De la revisión de antecedentes, se tiene que efectivamente en audiencia de medidas cautelares se emitió la Resolución 219/2014, por la cual se aplicaron medidas sustitutivas a la detención preventiva (Conclusión II.2. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional), la que fue impugnada mediante memorial de 2 de mayo de 2014, presentado por el querellante, solicitud que fue admitida el 5 de igual mes y año, que instruyó la notificación a las partes (Conclusión II.3. de la presente Resolución). Por acta de 5 de junio de igual año, se tiene que se llevó a cabo audiencia de modificación de medidas cautelares, en la cual la Secretaria Abogada ahora codemandada, informó que dicha impugnación no fue remitida al no haberse provisto las copias necesarias para ello (Conclusión II.4. del presente fallo constitucional), razón por la cual se suspendió dicha audiencia; posteriormente, la Jueza hoy demandada, ordenó la remisión inmediata de los actuados procesales al tribunal de alzada, por nota cite: Of. 529/2014 de 22 de julio, advirtiéndose que el envío de antecedentes al tribunal de apelación, se realizó en la misma fecha en la que se llevó a cabo la audiencia de la presente acción de libertad.