Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2015-S2
Fecha: 25-Feb-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera vulnerado su derecho a la libertad, mencionando que pese a encontrarse con la respectiva alta médica, desde hade dos semanas, el demandado impide su salida, reteniéndolo ilegalmente y privándolo de su libertad, hasta que pague la deuda contraída por la atención hospitalaria, quitándole su ropa y su cédula de identidad.
- I.1.1.
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. La acción de libertad en casos de retención de pacientes en centros hospitalarios públicos y privados
- sub reglas: ”1) Que ningún centro hospitalario público o privado, puede retener a un paciente que no pueda cubrir los gastos que ha demandado su curación, u obligarle a permanecer en el mismo para ser tratado médicamente; ya que las obligaciones patrimoniales recaen sobre el patrimonio del deudor y no así sobre la persona
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR en todo,