SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2015-S2

Fecha: 25-Feb-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante alega la vulneración de los derechos de las familias, debido a que cuando se apersonó a las oficinas del SEGIP de Cochabamba a objeto de renovar su cédula de identidad, dicha institución pretendió eliminar su apellido en condición de viuda, bajo el fundamento de la inexistencia de certificado de matrimonio, sin tomar en cuenta que la unión libre o de hecho que mantuvo con Jorge Pardo Montero fue reconocido por autoridad judicial competente y no obstante que solicitó a la citada entidad el reconocimiento del matrimonio de hecho declarado judicialmente, fue respondido de manera negativa, razón por la cual impugnó esa determinación a través de los recursos de revocatoria y jerárquico, resueltos por las autoridades ahora demandadas quiénes dispusieron que no le correspondía llevar el estado civil de viuda en su cédula de identidad.