Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.3.
II.3. Mediante memorial presentado el 11 de agosto de 2014, Nelly Cruz Castro formuló recusación contra el Juez Séptimo de Instrucción en lo Penal, por encontrarse inmerso dentro de las causales previstas en los “inc. 2) y 5)” del CPP; por lo que el referido Juez, mediante Auto interlocutorio de igual fecha rechazó de forma pura y simple la demanda de recusación y no se allanó a la misma, disponiendo remitir antecedentes a su similar Octavo, así como una copia de la resolución en consulta al Tribunal de alzada (fs. 13 a 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El habeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- Fragmento 17