SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

Fragmento 5

Carlos Enrique Rafael de la Torre Muller, a través de su abogado en audiencia, señaló que, se adhiere al informe presentado por los Vocales demandados, aclarando que el art. 80 de la LAabr, ha sido interpretado erróneamente y que el recurso de apelación interpuesto se efectuó en ejecución de sentencia y dentro del plazo de diez días; agregando que al no haberse recuperado la totalidad de suma demanda, los honorarios no podían regularse en la forma requerida por el accionante, solicitando se deniegue la tutela demandada.