Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.2.
II.2. Contra el Auto de 4 de junio de 2010, que reguló dichos honorarios, el obligado interpuso recurso de alzada, resuelto a través del Auto Interlocutorio 40 por los Vocales demandados, Resolución a través de la cual revocaron el Auto apelado y deliberando en el fondo regulando el honorario del profesional Freddy Choque Mamani en la suma de $us356,32.- (trecientos cincuenta y seis 32/100 dólares estadounidenses), monto que corresponde al 15% de la suma de $us2 375,48.- que es el monto recuperado por el ejecutante (fs. 313 y 314 Anexo 1)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho al debido proceso;
- motivación o fundamentación
- correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- III.3. Análisis del caso concreto
- Este principio de razonabilidad tiene como finalidad preservar el valor justicia en las resoluciones
- CONFIRMAR