SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

1)

La parte accionante ratificó la demanda planteada y la amplió señalando que:    1) Presentó ante el Tribunal de garantías, dos testimonios de poder 2018/2006 y 2019/2006, documentos privados de 15 de octubre de 2012 y 1 de septiembre de 2013 y un legajo del expediente, dentro del cual mediante Auto de 17 de junio de 2014, se declaró a la demandada en mora, para que cancele la suma de        $us25 000.-, así como una copia de la demanda ejecutiva que inició en su contra y un muestrario fotográfico; 2) La intención de la demandada, fue incumplir el contrato anticrético y no asumir situaciones de hecho; por lo cual, el 20 de junio del año citado, cuando la Secretaria de la institución se constituyó en el inmueble, se llevó la sorpresa que las chapas fueron cambiadas, como se acredita por el acta notarial y el muestrario fotográfico; y, 3) Nadie “puede hacer justicia por mano propia, que constituye su patrimonio, ingresando clandestinamente y sin devolver la suma de $us25 000.-, lo que demuestra que han sido despojados del inmueble en contrato anticrético e incumpliendo lo pactado de devolver el inmueble por parte de ellos, y la entrega del dinero por la demandada, vulnerándose su derecho propietario y de dignidad; por lo que solicita, se conceda la tutela demandada y que en el día se le restituya el inmueble” (sic).