SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.2.
II.2. El 15 de octubre de 2012, el accionante y la demandada, suscribieron un documento privado sobre acuerdo transaccional y definitivo de devolución del valor parcial del contrato anticrético y compromiso de entrega del inmueble debidamente reparado que fue reconocido ante autoridad competente, en el que convienen las partes, dar por concluido el contrato anticrético, comprometiéndose la propietaria a devolver al anticresista, la suma de $us30 000.-, en tres partidas (16, 23 y 30 de octubre de 2013 y cancelando la suma de $us10 000.-, en cada fecha), por su parte el anticresista se compromete a devolver el inmueble el 15 de diciembre de ese año, estipulando que se la efectuaría contra entrega del pago del saldo de $us25 000.- (fs. 8 a 9).