Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.1.
II.1. El accionante Orlando Águila Soto, conjuntamente Federico Miguel Reynolds Brun y Edwin Alvarado Saavedra, suscribieron con la demandada Bernarda de Lourdes Morales Salas, contrato de anticrético de una vivienda de propiedad de la última de las nombradas, por la suma de $us55 000.-, por el plazo de cuatro años, vivienda destinada al uso de oficinas de trabajos masónicos, sea en el simbolismo, grados capitulares o filosóficos y otros poderes solo creados para el valle de Cochabamba, acreditado por el testimonio 2118/2006 de 20 de noviembre (fs. 3 a 5 vta.).