Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2015-S1
Fecha: 26-Feb-2015
II.3.
II.3. El 19 de junio de 2013, Luis Alberto Zarzar Álvarez en representación de Luis Ángel Gutiérrez Torrico, presentó memorial de reposición bajo alternativa de apelación (fs. 116 a 118) que fue rechazado por la Jueza ahora demandada por haber sido planteado extemporáneamente y no habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en el art. 216 del Código de Procedimiento Civil (CPC) (fs. 119).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- i)
- 1)
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- por otra a su nombre con poder suficiente
- de su
- directamente u otra en su nombre con poder suficiente
- Fragmento 19
- III.3.
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR