SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0279/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

II.10.

II.10.Por memorial de 13 de agosto de 2013, los representantes del Sindicato Médico y de Trabajadores de la CPS, solicitaron la anulación del Auto de Vista 85 y se dicte uno nuevo revocando el Auto definitivo 573 en todas sus partes y se cumpla la Sentencia con calidad de cosa juzgada (fs. 512 a 517 vta.) Los Vocales que dictaron la precita Resolución por Auto de 15 de agosto, resolvieron que no es admisible el recurso de casación o nulidad, máxime si el Tribunal Supremo de Justicia ya dictó el AS 455 sancionando a los Vocales por haber concedido otro recurso de casación, por lo que ese Tribunal, al haber dictado la resolución de vista ordenada por un Tribunal de garantías constitucionales concluyó su competencia (fs. 518).