SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0285/2015-S2

Fecha: 26-Feb-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

         El 27 de noviembre de 2012, fue contratado por los familiares de Denis Efrain Rodas Limachi, para asumir su defensa dentro del caso denominado públicamente “Red de Extorsión”, donde la noche de esa fecha, en medio de estrictas medidas de seguridad y en un acto fuera de lo común, se llevó a cabo la declaración informativa de su defendido, en presencia de la Comisión Nacional de Fiscales, declaración que se tomó por el delito de enriquecimiento ilícito de particulares con afectación al Estado sin mencionar “extorsión”; empero, la imputación del mismo día en que se tomó la declaración, fue por uso indebido de influencias, beneficios en razón del cargo, contribuciones y ventajas ilegitimas de la servidora y servidor público, en contradicción con el delito que hizo conocer en la declaración y por el cual se tomó la misma, más aun sin exponer las pruebas que lo incriminaban, violando el derecho a un debido proceso, a la defensa, y el art. 92 del Código de Procedimiento Penal (CPP).        

         Refiere que, el 29 de noviembre de 2012, se instaló la audiencia “de imputación formal”, a la que no pudo asistir, debido a que fue arrestado por haber intentado comunicarse  con su defendido el cual se encuentra incomunicado por orden del Ministro de Gobierno, vulnerando el art. 231 de la Ley Fundamental y el derecho a la defensa del imputado.

Precisa que en oportunidad de la audiencia, se expuso por parte de la Comisión Nacional de Fiscales, los supuestos indicios que ameritaban la imputación de su defendido, refiriendo a la misteriosa desaparición de la grabación de audio mencionado en el informe policial, así como de memoriales y facturas presentadas, las mismas que no incriminan en absoluto en la comisión de delito alguno por parte de su defendido.

Señala que los actos del Ministro de Gobierno, al margen de la legalidad y realizada conjuntamente el Viceministro de Régimen Interior y Policía, demuestran desconocimiento a los cimientos democráticos de independencia y poderes que demanda el reconocimiento de un estado de derecho, injerencia en la potestad jurisdiccional del Estado.