DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015

Fecha: 05-Mar-2015

de nuevas solicitudes

Bajo el mandato constitucional el legislador ordinario a objeto de regular la creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales, dictó la Ley 031 de 19 de julio de 2010, denominada Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, la cual respecto a los procesos de creación y delimitación estableció en la Disposición Transitoria Décima Sexta, la suspensión temporal de la admisión de nuevas solicitudes de creación, delimitación, supresión y/o anexión de unidades territoriales; la suspensión temporal de la atención y resolución de los procesos administrativos de creación, delimitación, y la remisión al Ministerio de Autonomía, con un informe técnico jurídico de los procesos administrativos de creación, reposición, supresión y delimitación de unidades político administrativas radicados en los gobiernos departamentales autónomos y Consejo de Asuntos Territoriales, concluyendo que la Asamblea Legislativa Plurinacional determinó la suspensión temporal de nuevas solicitudes y de procesos en trámite, radicados en los gobiernos departamentales y Consejo de Asuntos Territoriales, sin referirse a los procesos concluidos en sede administrativa, por considerar que los mismos se encontraban concluidos.