DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015
Fecha: 05-Mar-2015
III.4. Procedimiento administrativo de delimitación y creación de las unidades territoriales
Bajo el anterior régimen constitucional se encontraba vigente la Ley 2150 de 20 de noviembre de 2000, de Unidades Político Administrativas, la cual regulaba el procedimiento para la creación, reposición, supresión y delimitación de unidades político-administrativas, disponiendo que deben ser realizadas previo proceso administrativo que demuestre, fehacientemente, su necesidad y utilidad pública, dicha norma fue reglamentada a través del Decreto Supremo (DS) 26520 de 21 de febrero de 2002, instrumentos legales sobre los cuales se realizaron los procesos de delimitación de los municipios de Independencia de la primera sección de la provincia Ayopaya del departamento de Cochabamba; municipio de Puerto Pérez, cuarta sección de la provincia Los Andes del departamento de La Paz y creación del municipio de San Pedro de Macha de la provincia Chayanta del departamento de Potosí.
- sobre la constitucionalidad
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- ARTICULO SEGUNDO.-
- PUNTO 01
- PUNTO 14
- Punto Nº 1
- Punto Nº 19
- Punto Nº 58
- ARTÍCULO SEGUNDO. (COLINDANCIAS)
- Punto Nº 18
- Punto Nº 45
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- 1) Previo, preventivo o a priori
- su aplicación inmediata a todas las situaciones existentes y pendientes de resolución
- III.3. Estructura y organización política del Estado
- III.4. Procedimiento administrativo de delimitación y creación de las unidades territoriales
- II.
- de nuevas solicitudes
- delimitación en trámite en el marco de la Ley Nº 2150
- Fragmento 24
- III.5. Límites del examen de control normativo
- III.6. Examen de constitucionalidad