DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0058/2015
Fecha: 05-Mar-2015
delimitación en trámite en el marco de la Ley Nº 2150
Posteriormente la Asamblea Legislativa Plurinacional, sancionó la Ley 339 de 31 de enero de 2013, Ley de Delimitación de Unidades Territoriales, expedida con el objeto establecer el procedimiento para la delimitación de unidades territoriales, norma que al referirse a los procedimientos pendientes de conclusión y que se tramitaron bajo el marco legal de la Ley 2150 y del DS 26520, estableció en la Disposición Transitoria Segunda, lo siguiente: “Los procedimientos administrativos de delimitación en trámite en el marco de la Ley Nº 2150 de 20 de noviembre de 2000, de Unidades Político Administrativas, podrán adecuarse a la presente Ley, previo informe técnico jurídico de adecuación emitido por la instancia Nacional o Departamental, según corresponda, siempre y cuando exista aceptación de las partes” (el resaltado fue agregado). De una interpretación literal se puede concluir que la norma ha previsto que sean los procesos administrativos en trámite los cuales deben adecuarse al procedimiento establecido en la Ley 339.
- sobre la constitucionalidad
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- ARTICULO SEGUNDO.-
- PUNTO 01
- PUNTO 14
- Punto Nº 1
- Punto Nº 19
- Punto Nº 58
- ARTÍCULO SEGUNDO. (COLINDANCIAS)
- Punto Nº 18
- Punto Nº 45
- I.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- a)
- 1) Previo, preventivo o a priori
- su aplicación inmediata a todas las situaciones existentes y pendientes de resolución
- III.3. Estructura y organización política del Estado
- III.4. Procedimiento administrativo de delimitación y creación de las unidades territoriales
- II.
- de nuevas solicitudes
- delimitación en trámite en el marco de la Ley Nº 2150
- Fragmento 24
- III.5. Límites del examen de control normativo
- III.6. Examen de constitucionalidad