DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2015
Fecha: 10-Mar-2015
III.3.
III.3. Fueron declarados incompatibles en la DCP 0014/2015, los siguientes artículos: 4; 5; 8.I; 9; 10; 12.I; 13.I; 14; 15; 16.I numerales 3 y 6; 17.III; 18.II; 19; 23 numerales 8 en la frase “aprobar u observar”, 12, 15, 18, 20, 21, 22, 24, 26 y 27; 28 en su frase “…por fallo judicial ejecutoriado…”; 32 numerales 2 en su frase “ordenanzas y resoluciones municipales”, 4 en su término “instrucciones”, 20 en su término “ordenanzas”; 23 enunciado “ordenanzas”, 25 en su frase “debidamente suscritos y aprobados por el Concejo Municipal”, 29 en su frase “para su aprobación por el Concejo Municipal”; 33; 35; 40.II; 41.I; 42; 43; 45; 48.I; 50; 51; 52 parágrafo I en su numeral 6; 53; 54; 55; 56.III y VI en su frase “Producida la revocatoria de mandato el afectado o afectada cesará inmediatamente en el cargo, el Concejo Municipal designará a su suplente entre uno de sus miembros, sólo para efectos de convocatoria a una nueva elección”; 59; 74.II numeral 1 en su punto d. y parágrafo III en su numeral 9; 76.II; 78 en su frase “en forma conjunta con los representantes de las organizaciones sociales”; 82; 89.II; 90.II; 95.II.4 en su frase “incorporando mecanismos de participación y control social de la gestión pública, sin que medie la exigencia de ningún requisito formal” y 7; 96. I; 99.I en su término “reconoce”; 102.I; 103.II; 106.I; 109.V en su frase “e intermunicipal”; 110 en el nomen iuris en su frase “de Hábitat y” y la frase “un hábitat y”; 122.II en su frase “comunidades”; 129.II en su frase “en coordinación con las organizaciones sociales del municipio”; y Disposición Final Tercera.
- I.1. Contenido de la consulta
- “Artículo 4. (Autonomía Municipal).
- “Artículo 5 (Norma Básica).
- “Artículo 10 (Jerarquía Normativa)
- “Articulo 14 (Derechos Políticos).
- “Artículo. 19 (Composición del Órgano Legislativo Municipal).
- “Artículo 23. (Atribuciones).
- “Artículo 28. (Concejalas y Concejales Suplentes).
- “Artículo 35. (Designación de Sub Alcaldesas y Sub Alcaldes).
- “Artículo 40. (Servidoras y Servidores Públicos).
- “Artículo 41. (Categorías de las servidoras y servidores municipales).
- “Artículo 45. (Transferencia y Delegación de Competencias).
- “Artículo 50. (Incompatibilidades).
- “Artículo 54 (Suplencia Temporal).
- “Artículo 55 (Elección de Autoridad Electa en casos de muerte, inhabilidad permanente o revocatoria de Mandato).
- “Artículo 78. (Presupuesto Municipal).
- “Artículo 82. (Límites del Gasto Corriente).
- “Artículo 99. (Régimen de Personas en Situación de Discapacidad).
- “Artículo 102. (Régimen de Personas con Diferente Orientación Sexual).
- “Artículo 106. (Régimen de Desarrollo Agropecuario).
- “Artículo 109. (Régimen de Transporte y Vialidad).
- “Artículo 110. (Régimen de Hábitat y Vivienda).
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- “Artículo 110. (Régimen Vivienda).
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