SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2015-S3
Fecha: 12-Mar-2015
i)
El accionante a través de su abogado, ratificó los términos de su demanda, y ampliando los mismos, refirió que: i) La Resolución 603/2013 carecía de una debida fundamentación y adecuada compulsa de los antecedentes; y, ii) No existía condena ejecutoriada, puesto que el proceso penal en su contra no concluyó, no tenía pliegos de cargo ni resoluciones con acusación; por lo que, al dictar la Resolución 603/2013, se partió de una presunción de culpabilidad.
José Felipe Teijeiro Villarroel, ex Rector a.i. de la UMSA, a través de su representante, en audiencia manifestó que: i) El accionante como Secretario Ejecutivo de la FUL, tuvo bajo su responsabilidad treinta y cuatro bienes de la UMSA, entre ellos escritorios, impresoras, máquinas y otros, que a la fecha de presentación de la presente acción de defensa, no fueron devueltos; ii) Se inició contra el accionante dos procesos penales “…por la contratación unilateral de alquileres en la cafetería universitaria y espacios físicos que él habría cobrado sin que sus ingresos hubiesen entrado por el tesoro Universitario…” (sic); y, iii) No se agotó la vía administrativa, pues tenía pendiente la reconsideración de la Resolución 603/2013.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.3 Análisis del caso concreto
- III.4. En cuanto a la seguridad jurídica invocada por el accionante
- CONFIRMAR