Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2015-S3
Fecha: 12-Mar-2015
II.6.
II.6. El 11 de marzo de 2013, Eduardo Estanislao Rojas Caba presentó memorial al Decano de la Facultad de Medicina, Enfermería, Nutrición y Tecnología Médica de la UMSA, denunciando abuso de poder por parte del Director de la Carrera de Medicina, quien emitió una Resolución suspendiéndole como alumno regular, sin previo proceso (fs. 33 a 35), y como respuesta, el Vicedecano de dicha Facultad, por nota FAC. MED. VICED 0129/13 de 12 de marzo de 2013, comunicó al accionante que su denuncia fue elevada al Concejo Facultativo de la UMSA (fs. 36).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución
- i)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.3 Análisis del caso concreto
- III.4. En cuanto a la seguridad jurídica invocada por el accionante
- CONFIRMAR