Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2015-S3
Fecha: 05-Mar-2015
II.5.
II.5. Cursa en antecedentes, fotocopias legalizadas de las hojas de control de hemodiálisis remitidas por la autoridad demandada, en las que consta que Osvaldo Castro de 67 años de edad hizo uso de este servicio el 30 de julio, el 26 de julio, el 23 de julio, 19 de julio, 14 de julio, 12 de julio, 8 de julio, 9 de julio, 2 de julio, 28 de junio (fs. 31 a 35), todos del 2014. Asimismo hoja de admisión de 12 de diciembre de 2012 (fs. 30).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La tutela del derecho a la vida a través de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- “El derecho a la salud es aquel derecho que por virtud del cual la persona humana y los grupos sociales
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- “
- CONFIRMAR en parte