Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
conceder
En consecuencia, el Tribunal de garantías, al conceder la tutela solicitada disponiendo: inicialmente dejar sin efecto la clausura definitiva y posteriormente la prosecución del trámite de la obtención de licencia de funcionamiento en cumplimiento al debido proceso y sin presiones de ninguna naturaleza, actuó parcialmente de forma correcta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- i)
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.3.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.2.6
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1.
- a su notificación en legal forma
- III.3.2.
- III.3.3.
- efecto la sanción de clausura definitiva
- III.5. En cuanto a la seguridad jurídica invocada por el accionante
- conceder
- 2°