SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0265/2015-S3

Fecha: 26-Mar-2015

III.FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

El representante legal por la Asociación accionante, dirigió la acción de amparo constitucional contra las autoridades jerárquicas de Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, señalando que dentro del proceso técnico administrativo iniciado en contra de la AFLP, se dictó la Resolución del Macrodistrito Centro 085/2013 de 25 de abril, por la cual el Sub Alcalde impuso una sanción pecuniaria a dicha Asociación; por lo que, el 10 de mayo de 2013, se planteó recurso de revocatoria, el mismo que no fue resuelto oportunamente. Ante esa situación, y vencido el plazo para expedir la respectiva Resolución, el 31 de mayo de ese año, se interpuso recurso jerárquico, que fue remitido el 6 de junio a consideración del Alcalde Municipal. Sin embargo, el 5 de ese mes se notificó a la AFLP con la RA 102/2003 de 29 de mayo. Posteriormente, el Alcalde demandado expidió la Resolución Ejecutiva 647/2013, por la que desestimó el recurso jerárquico con el argumento de haber sido presentado fuera de plazo.