Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0275/2015-S3
Fecha: 26-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La empresa accionante a través de su representante denuncia la vulneración a los derechos a la propiedad privada, al trabajo, a la circulación y los principios de legalidad y seguridad jurídica; toda vez que, los demandados junto al Sindicato de Trabajadores de la empresa Textiles Punto Blanco S.A., iniciaron una huelga ilegal con paro de actividades procediendo a tomar físicamente la puerta de acceso a la Empresa obstaculizando el ingreso al edificio donde desenvuelven sus actividades comerciales, ocasionando graves perjuicios a la misma como a los demás trabajadores que desean continuar con su trabajo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. El principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR