SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2015-S1
Fecha: 20-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alegó vulneración a sus derechos al debido proceso y a la libertad y los principios de legalidad y seguridad jurídica, toda vez que dentro del proceso penal que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias y concusión, solicitó la cesación a la detención preventiva, la cual fue denegada por el Juez de la causa, debido a lo cual apeló dicha determinación siendo resuelta por los hoy Vocales codemandados mediante Auto de Vista 286/14, en la que declararon improcedente el recurso, sin tomar en cuenta la falta de una correcta tipicidad en relación a los delitos que se le imputan vulnerando la falta de elementos de la legalidad penal que debe existir al momento de la imputación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.De la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad, construcción jurisprudencial
- '…la protección que brinda el recurso de hábeas corpus (acción de libertad) en cuanto al debido proceso se refiere, éste no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes…'
- III.3.Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- CONFIRMAR