SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0302/2015-S1

Fecha: 20-Mar-2015

III.2.De la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad, construcción jurisprudencial

“El art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), al señalar que: 'Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad…', implícitamente determina que la acción de libertad, procede ante la existencia de un procesamiento indebido que restrinja o prive del derecho a la libertad física, para que se restablezcan las formalidades legales.