Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
II.6.
II.6. El 10 de abril de 2014, el Jefe Nacional de Inspectoría y Arraigos de la Dirección General de Migración del Ministerio de Gobierno, expidió el Instructivo UIA/173/2014, dirigido al Responsable Departamental de Migración de Santa Cruz e Inspectores del Aeropuerto de Viru Viru, instruyendo “…autorizar, la salida de territorio boliviano del ciudadano boliviano LUIS ORLANDO PATIÑO LEDEZMA, con documento de identidad 749531 expedido en Cochabamba, contra quien no pesa ningún arraigo y no existe homónimo perfecto con el arraigado de nombre LUIS PATIÑO.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informes de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Denegatoria de acción de amparo constitucional por identidad de sujetos, objeto y causa
- empero antes de ello, el proceso en recurso de amparo se encuentra pendiente, lo que significa que cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo,
- III.3 Análisis del caso concreto
- REVOCAR