El suscrito Magistrado, considera necesario pronunciar su voto disidente a la DCP 0038/2016 de 18 de abril, sobre el criterio de compatibilidad del art. 2 (Marco Constitucional y Declaración de Sujeción), respecto a la sujeción a la Constitución Pol
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado, considera necesario pronunciar su voto disidente a la DCP 0038/2016 de 18 de abril, sobre el criterio de compatibilidad del art. 2 (Marco Constitucional y Declaración de Sujeción), respecto a la sujeción a la Constitución Pol

Fecha: 18-Abr-2015

a)

Los fundamentos que sustenta, el presente voto disidente son: a) El nuevo modelo de Estado plurinacional con autonomías y la participación de las naciones y pueblos indígena originario campesino (NPIOC); b) La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado; c) Sujeción a la Constitución Política del Estado; d) Elección de las subalcaldesas y subalcaldes en los distritos municipales.