El suscrito Magistrado, considera necesario pronunciar su voto disidente a la DCP 0038/2016 de 18 de abril, sobre el criterio de compatibilidad del art. 2 (Marco Constitucional y Declaración de Sujeción), respecto a la sujeción a la Constitución Pol
Fecha: 18-Abr-2015
I. ANTECEDENTES
El suscrito Magistrado, considera necesario pronunciar su voto disidente a la DCP 0038/2016 de 18 de abril, sobre el criterio de compatibilidad del art. 2 (Marco Constitucional y Declaración de Sujeción), respecto a la sujeción a la Constitución Política del Estado y a las Leyes del Estado Plurinacional en el marco de la jerarquía constitucional de las normas vigentes; y de incompatibilidad de los arts.18 (Organización y conformación del Gobierno Autónomo Municipal e Identificación de Autoridades), sobre el término “representante”, y 117 (Plan de Ordenamiento Territorial). De conformidad al art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), se presentan los argumentos respectivos de orden constitucional.
- I. ANTECEDENTES
- a)
- II.1. El nuevo modelo de Estado Plurinacional con autonomías
- II.2. La efectividad de los derechos fundamentales colectivos, como obligatoriedad para todos los niveles del Estado
- II.3
- II.4.
- i)
- sujeción a las leyes del Estado Plurinacional
- III.2. Elección de las subalcaldesas y subalcaldes en los distritos municipales
- comunidad
- representantes
- Fragmento 12
- III.3. Sobre la coordinación en la elaboración de los planes de ordenamiento territorial y uso de suelos.