SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2014-S3

Fecha: 09-Abr-2015

a)

Solicitó que se le conceda la tutela y se disponga que: a) En el plazo de  veinticuatro horas el accionado cancele a su favor los nueve meses de sueldo que se le adeudan, más la totalidad del aguinaldo de 2013; b) Se reconozca su derecho a la remuneración como único autorizado a percibirla al ser Concejal titular, y no así a la suplente; c) Sea con el pago de daños y perjuicios; d) Se determine la existencia de indicios de responsabilidad civil o penal; y, e) Se ordene la inmovilización de las cuentas fiscales del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos,  hasta que se efectivice la cancelación de sus sueldos.